Lic. Héctor Raúl Pacheco Valadez
Presiderte de
Un problema que afecta a todos los partidos es cuando el candidato de un partido llega a ocupar del puesto de representación popular: gobernador, diputado, presidente municipal, regidor, etc. y decide volverse independiente, con lo que el partido que lo postuló queda sin representación y sin compromiso con los votantes, los programas y propuestas que lo llevaron a ese lugar, contrariando el espíritu y letra de la ley. Aún cuando esta situación se ha venido generalizando, el caso concreto lo referimos a la renuncia del regidor del Ayuntamiento de León, Aarón Soto, a los partidos que lo postularon, para declararse independiente, su decisión tiene consecuencias jurídico-políticas que en primera instancia deja sin representación al PRD y al PT en el municipio, elemento fundamental de la vida democrática como factor de equilibrio en la administración pública, eliminando contrapesos que significan el interés social de una población que votó por la propuesta de los partidos que lo postularon y que deja en estado de indefensión ante la falta de representación.
Desde el punto de vista jurídico, el Art. 14 constitucional nos remite a la letra de la ley, su interpretación jurídica, y falta de esta se fundará en los principios generales de derecho. El Lic. Aarón Soto, al declararse regidor independiente, incurre en las causales de revocación de mandato establecidas en el Art. 84 de
Aarón Soto evidentemente viola gravemente las instituciones democráticas y la forma de gobierno representativo puesto que llegó a ese lugar, no como candidato independiente sino representando a los partidos que actuaron como coalición, PRD y PT, por lo que no representa a la sociedad en abstracto sino a los grupos sociales, militantes y simpatizantes, que apoyaron las propuestas de los partidos representados o presuntamente representados en el Ayuntamiento, proporcionalmente a los votos obtenidos en las elecciones; amplios sectores sociales que propugnan por derechos y reivindicaciones sociales contenidas en los programas, ideales y aspiraciones que comprenden el sentir de esos sectores de la población, que, paradójicamente, algunas han sido retomadas por el gobierno federal, pero que aquí en lo municipal han sido eliminados de tajo por la persona que debió servir de baluarte para impulsarlos, yéndose por el cómodo camino de la falta de compromisos hacia sus representados, una actitud convenenciera que afecta a las personas que dentro de los partidos votaron por él, y que el señor Soto ya no los representa, de hecho ya no representa nadie, solamente a sí mismo, tampoco tiene que rendirle cuentas a nadie, nada que ver con el PAN, renunció al PRI, y desconoce al PRD y PT que usó solamente como trampolín para colocarse en el poder público. Olvidó algo sustancial, que llegó al puesto que ocupa como representante de algunos partidos y no como candidato independiente. Una actitud tramposa sin más lealtades que su conveniencia personal. Una vez evidenciada su falta de convicciones y la rapidez con que traiciona a quienes lo apoyaron, por un mínimo de dignidad y coherencia debería pedir licencia al puesto que ocupa como regidor para que entre en funciones el suplente y los partidos ignorados por Soto vuelvan a tener representación en el Ayuntamiento de León. El mismo Aarón Soto ha manifestado en la televisión que su compromiso fue llevar la campaña de entonces candidato de la coalición Primo Quiroz y que con eso se había ganado el derecho del primer lugar para la regiduría y con eso terminaba su compromiso.
Es muy lamentable que quién se dice licenciado en derecho no sepa distinguir entre el derecho público y el privado, el derecho público son normas taxativas, imperativas, no se negocian, solamente en derecho privado se hacen contratos a la voluntad de las partes, como gente que ha paseado en la política debería saber lo que significa un puesto de representación popular y los compromisos que conlleva.
También sería interesante iniciar un procedimiento para decretar la suspensión o revocación del mandato de Aarón Soto como miembro del Ayuntamiento de acuerdo a lo dispuesto en











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